11 mar 2015

LOS 500 EUROS DE EXENCIÓN Y LA TARIFA PLANA DE CONTRATACIÓN.

LOS 500 EUROS DE EXENCIÓN Y LA TARIFA PLANA DE CONTRATACIÓN.

¿Ahorra costes laborales a las empresas la nueva medida de bonificación anunciada en el debate sobre el Estado de la Nación?


En 2014 asistimos a la presentación de una medida "estrella" para fomentar la contratación indefinida; la llamada TARIFA PLANA DE CONTRATACIÓN. Esta medida suponía un importante ahorro para aquellas empresas que establecieran contratos indefinidos, a jornada completa o parcial, mediante el pago de una cuota fija de cotización por contingencias comunes, por un importe situado entre los 50 y los 100 euros. A cambio la empresa debía mantener el nivel de empleo alcanzado durante 36 meses, tanto el de empleo fijo como total de la plantilla de la empresa.

Con el anuncio por parte del Presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación, y su posterior publicación el 28/02/2015, dentro del Real Decreto-Ley 1/2015 de 27 de febrero, se ha creado una nueva bonificación para el fomento de la contratación indefinida que viene a sustituir a la actual tarifa plana, la cual se extinguirá el 31/03/2015. Esta nueva bonificación supone la exención de los primeros 500 euros de la base de cotización que sirve para el cálculo de la aportación por contingencias comunes por parte de la empresa.

¿Supone esta nueva bonificación un ahorro mayor o menor para las empresas?

Veamos con un ejemplo el coste que supondrá para una empresa contratar a un trabajador a jornada completa, como administrativo (porcentaje de cotización por accidentes 1%), con un salario de 18.000 euros brutos anuales.

Con tarifa plana.

Base de cotización Contingencias Comunes (1500 euros)       354 €

Bonificación Tarifa plana (100 euros)
Total coste por contingencias comunes.                               100 €
Base de cotización Desempleo/Fogasa y Fp (1500 euros)    94,50 €
Base de cotización AT y EP (1500 euros)                                15 €

Total coste de seguridad social: 209, 50 euros.


Con exención de los primeros 500 euros.

Base de cotización contingencias Comunes (1.000 euros)         236 €.
Base de cotización Desempleo/Fogasa y Fp (1.500 euros)      94,50 €.
Base de cotización AT y EP (1.500 euros)                                 15 €

Total coste de seguridad social: 345,50 euros.

Vemos que para la empresa, la supresión de la modalidad de contratación por tarifa plana ha supuesto un aumento en el coste mensual de 136 euros mes, respecto al coste que hubiese tenido aplicando la tarifa plana.

Por tanto, vemos como la nueva medida adoptada como "sustituta" para el fomento de la contratación indefinida, es menos beneficiosa que la Tarifa Plana.